Tras el apagón de luz que dejó a la Península Ibérica sin electricidad ni cobertura este lunes, muchos usuarios subieron vídeos irónicos a sus redes sociales pensando que como tantos otros aparatos, los radares también habían dejado de funcionar.
Así, en tono humorístico, se grababan subiendo a sus automóviles con un mensaje: “Me voy a ver cuánta velocidad coge mi coche”, aprovechando que, en teoría, los radares no funcionaban.
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Pero ¿es esto cierto? La verdad en que en muchos casos, no. Por ejemplo, los nuevos radares autónomos que han llegado desde Francia y Cataluña ya ha puesto en funcionamiento disfrutan de unas baterías que les permiten seguir operativos y en movimiento sin electricidad.
Además, la gran mayoría de los radares fijos están conectados a paneles solares, por lo que no dependen de electricidad para seguir funcionando. Habitualmente, las placas solares son de 200 vatios y están apoyadas de una batería de 12 voltios, suficiente para mantener el radar en funcionamiento, con independencia de la red eléctrica y frente a situaciones imprevistas como este último apagón masivo.
Por otro lado, existen los radares móviles. Estos aparatos, cada vez más desarrollados, son inalámbricos y como los drones funcionan con baterías, por lo que pueden seguir multando independientemente del estado de la red eléctrica.
Márgenes de error de los radares
Así, aquellos que ayer, en tono jocoso o en serio, quisieran poner a prueba sus coches pensando que sin electricidad los radares no funcionan, quizás acaben recibiendo una multa por exceso de velocidad.

Los excesos de velocidad se sancionan con multas de 100 a 600 euros y con la retirada de hasta seis puntos del carnet. Eso sí, en cada radar se aplican unos márgenes de error para que las sanciones emitidas sean lo más ajustadas posible a la realidad:
- Radares fijos: la tolerancia es de 5 km/h cuando el límite de la vía es igual o inferior a 100 km/h y, por lo tanto, saltarían cuando el vehículo supere los 105 km/h. Si el máximo es mayor de 100 km/h, el margen será del 5% y entrarán en acción cuando la velocidad sea de 115 km/h en una carretera de 110 km/h y a 126 km/h en una de 120 km/h.
- Radares móviles: tienen un margen de error algo más elevado. Igual que ocurre en el caso anterior, si el límite es igual o inferior a 100 km/h la tolerancia que hay que añadir es de 7 km/h. Si el máximo establecido supera esa velocidad, el extra será del 7%: 117,7 km/h en una vía de 100 km/h y 128,4 km/h en una de 120 km/h.
- Radares de tramo y drones: el margen de error es de 3 km/h por debajo de 100 km/h y del 3% por encima.
- Pegasus: la tolerancia es de 5 km/h y del 5%.
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