Los vehículos que ya no podrán entrar en el centro de Madrid

La nueva ordenanza municipal restringe el acceso a los coches más contaminantes. En 2022 se ampliarán las zonas limitadas y los modelos más antiguos casi no podrán circular.

Madrid Distrito Centro
Coches y motos detenidos en un semáforo de Madrid.

El pasado lunes se aprobó la ordenanza que modifica algunos aspectos de la anterior normativa de movilidad de Madrid Central. La nueva disposición relaja algunas medidas que permiten a los comerciantes utilizar hasta tres vehículos sin etiqueta medioambiental en sus negocios, prorroga el acceso de camiones de reparto de más de 3,5 toneladas y también aumenta el tiempo permitido para que los vehículos de transporte de mercancías estacionen en las zonas de carga y descarga, que se pasa de 30 a 45 minutos. 

Además, a la superficie anterior que ocupaba Madrid Central (4,7 kilómetros cuadrados) se añade otra zona de bajas emisiones en la Plaza Elíptica, que estará regulada con las mismas restricciones y entrará en vigor a los tres meses de la publicación de la ordenanza en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM). 

Cuestión de etiqueta 

Pero el objetivo más importante, que es restringir en la ciudad la circulación de los vehículos más contaminantes, sigue en marcha. Y para ello la ordenanza recurre a la clasificación establecida por la DGT para ordenar todo el parque de automóviles en España atendiendo a sus emisiones. 

Empezando por los vehículos que menos problemas tendrán, se permite la libre circulación de los que lleven la etiqueta Cero de la DGT (100% eléctricos, híbridos enchufables con 40 kilómetros de autonomía eléctrica y los de pila de hidrógeno), que además podrán aparcar gratis en la zona de estacionamiento regulado y sin límite horario. 

Los vehículos que lleven la pegatina ECO (híbridos, híbridos enchufables con autonomía eléctrica inferior a 40 kilómetros y los que utilicen gas natural o gas licuado del petróleo) también podrán acceder a estos perímetros, pero tendrán limitado a dos horas el tiempo de aparcamiento en la zona SER; si necesitan permanecer más tiempo, podrán estacionar en un aparcamiento público. 

Solo con aparcamiento 

En el caso de los vehículos con etiqueta C (modelos de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel desde enero de 2014) solo podrán acceder al perímetro si se dirigen a un aparcamiento público o privado. Lo mismo rige para los que porten la etiqueta B, es decir, modelo de gasolina desde enero de 2000 y diésel a partir de enero de 2006. En caso de escenarios de alta contaminación, sin embargo, este tipo de automóviles pueden ver restringido su acceso. 

Por último, los vehículos más antiguos y contaminantes, sin pegatina de la DGT, tienen prohibido el acceso a las zonas de protección ambiental, salvo excepciones: tiene libre acceso los vehículos de residentes empadronados, aquellos que se usen para recoger a niños del colegio en esos barrios y los matriculados como históricos. 

Más restricciones en 2022 

La M-30 será la nueva frontera de Madrid Distrito Centro, y paulatinamente la normativa se irá ampliando a la almendra central de la capital y, con el tiempo, incluso más allá. Por ejemplo, los vehículos sin distintivo de la DGT que no pertenezcan a propietarios empadronados no podrán transitar por la vía de circunvalación M-30 ni acceder al interior de la ciudad. Ya en 2024, el área de restricciones para estos automóviles se ampliará a todo el término municipal y, un año después, la circulación de estos vehículos estará prohibida de forma general, incluso para los propietarios residentes. 

¿Y las motos? Pues casi lo mismo que los coches y además, en contra de la propuesta de alargar su permanencia en las zonas de protección ambiental, solo podrán permanecer aparcadas hasta las 22:00, siempre en zonas específicas para ello. Si no existe un aparcamiento delimitado para motos, deberán dejarse en forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de dos metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada. 

Por lo demás, el calendario de restricciones para las motos sin etiqueta será igual que el aplicado en los coches y, salvo las que tengan matrícula histórica, todas tendrán que dejar de circular definitivamente por Madrid en 2025. 

Para saber más

El Ayuntamiento de Madrid ha creado una web específica donde explica su hoja de ruta para establecer las zonas de bajas emisiones previstas hasta 2025. Y también facilita la búsqueda de la etiqueta ambiental correspondiente a cada vehículo con solo introducir la matrícula en el buscador.

Etiquetas de la DGT
Etiqueta cero de un coche eléctrico o híbrido enchufable.

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